Es regula la recerca d'esclatassangs als Parcs Naturals de Mariola i Font RojaOntinyentDigital.com -
http://ontinyentdigital.com/noticia.php?idn=5660(20-10-10) La Conselleria de Medio Ambiente ha anunciado la regulación de la búsqueda y recogida sostenible de setas en los parques naturales de la Serra de Mariola y el Carrascar de la Font Roja ante el inicio de la temporada de recolección y la previsible afluencia de aficionados provinentes de la zona y de comarcas vecinas, como La Vall d’Albaida. Los directores de los parques naturales del Carrascar de la Font Roja, Juan Luis Albors, y la Serra de Mariola presentaron el pasado viernes la normativa específica de la conselleria para la recolección de hongos.
La Conselleria de Medio Ambiente establece que la cantidad máxima de setas que podrá recogerse es de 4 kilogramos por persona y día en los parques naturales de Mariola y la Font Roja, según se señala en el Plan Rector de Uso y Gestión de estos parques. La recolección que supere esta cantidad necesitará una autorización previa de la conselleria.
Asimismo, la normativa de la conselleria permite la búsqueda y recogida de setas en terrenos privados, siempre que exista el consentimiento de los propietarios privados. Otro de los aspectos regulados por la normativa es la prohibición de remover el suelo, si con ello se altera la capa vegetal de la superficie, sea de manera manual, o sea utilizando cualquier tipo de herramienta.
Asimismo, únicamente pueden recogerse setas que hayan llegado a su tamaño normal de madurez, dejando en el lugar, sin deteriorar, los ejemplares rotos, alterados o que no sean motivo de recolección.También está prohibido el arranque de ejemplares, salvo cuando existan dudas para su identificación, en cuyo caso podrá cogerse con el pie completo. En caso de que no sea la especie previsible tendrá que dejarse otra vez en el lugar de origen.
Además, según establece la normativa de la Conselleria de Medio Ambiente, para la recolección se puede utilizar exclusivamente navaja, cuchillo o similar, cuya hoja no exceda los 11 centímetros de longitud. Así, queda prohibido el uso de hoces, rastrillos, ganchos o azadas.
Otros puntos regulados en la normativa es el transporte de los ejemplares, que deberá realizarse en cestas de mimbre, paja o caña; y el desplazamiento de las personas, que en lo posible deberá realizarse por caminos y sendas. En este sentido, se prioriza el tránsito peatonal y se recomienda la moderación en el uso del vehículo privado.